El
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas establece en la Orden HAP/2194/2013
la obligatoriedad de presentar las declaraciones
informativas y el modelo 390 a través de Internet, no siendo
válidas las declaraciones cumplimentadas en papel pre impreso ni la impresión
de declaraciones generadas con los programas de ayuda de la AEAT.
Esta
obligación se encuentra ya en vigor para
las declaraciones correspondientes a los resúmenes del año 2013 e irá
haciéndose obligatorio para todas las demás a lo largo del año.
Si es
usted empresario autónomo y hasta ahora no había presentado declaraciones de
modo electrónico le interesa conocer los métodos que la Agencia Tributaria pone
a su disposición:
- Con firma electrónica avanzada, es decir con su Firma Digital.
- Con el PIN24 horas. Puede solicitarlo en la web de la AEAT, si ha recibido la carta-invitación. Si no lo ha recibido tendrá que desplazarse a la Agencia para registrarse en el sistema. En este caso, nosotros le recomendamos que solicite directamente el certificado de firma digital, con el que podrá presentar todas las declaraciones y no tendrá que ir adaptándose trimestralmente a cada cambio que realice la Agencia Tributaria.
PROCEDIMIENTO:
Preparar las
declaraciones de modo que puedan ser validadas por la Agencia Tributaria. Puede hacerlo con los
programas que la AEAT pone a su disposición en la página web www.agenciatributaria.es/
(“Descarga de programa de ayuda”) o bien con su programa comercial compatible
con la validación de la AEAT (pregunte a su proveedor informático).
La elaboración de las
declaraciones informativas, con el programa de hacienda se prepara a partir de
una plataforma que deberá bajarse de la web de hacienda (plataforma de informativas)
en la que irá añadiendo los diferentes programas de los modelos que necesite
(190,180, 347, etc…) En la página web puede
encontrar un manual de ayuda.
Cuando
están preparadas habrá que seguir unos pasos para validar la declaración, generar
el archivo de la misma y proceder
a la presentación por Internet o guardar el archivo si posteriormente quiere
enviárselo a otra persona que lo presentará con firma digital,
en su nombre.
COMO OBTENER LA FIRMA DIGITAL (PERSONAS
FÍSICAS)
Si quiere disponer de su firma digital para poder completar este y
otros procedimientos de la Administración Pública sigua nuestras indicaciones:
Acceda a la página web www.cert.fnmt.es/
, y pinche en certificados
A continuación entre en persona
física, y dentro de esta página en
obtener el certificado que le interese (generalmente será certificado
software).
Pinche en solicitar certificado y le aparecerá una pantalla en la que
se le solicita el número de identificación fiscal. Una vez envíe la petición,
la web le dará un código de solicitud, el cual tendrá que llevar a la oficina
de registro junto con su DNI, para obtener su firma digital.
COMO OBTENER EL PIN
24H.
Registro previo
Si no ha recibido la carta/invitación de la Agencia Tributaria, tendrá
que desplazarse a la oficina y realizar el registro en el sistema. Para ello
necesitará su DNI y un número de teléfono móvil en el que recibirá en PIN,
cuando lo solicite.
Una vez esté registrado, podrá realizar los trámites mediante el PIN.
OBTENCION DEL PIN
Entre en www.agenciatributaria.es/ y pinche en el icono PIN24h
Vaya a obtención del PIN.
Le aparecerá una pantalla en la que se le solicita el número de DNI, la
fecha de validez y una clave, que tendrá que elegir usted. (Guarde esa clave,
la necesitará después)
Pinche en obtener PIN y lo recibirá en el móvil con el que se registro
mediante un SMS.
Autenticación
Cuando vaya a presentar el impuesto, tendrá que autenticarse con la
clave que eligió al solicitar el PIN y el PIN que Hacienda le envió a su móvil.
(Recuerde que el PIN tiene validez hasta las 2 de la mañana del día siguiente
al que lo solicitó, en caso de que le caduque tendrá que solicitar uno nuevo)


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